Art. 3
En vigor desde 19 ene 2015
Artículo 3
El artículo 14, apartado 1, de la Decisión 2014/219/PESC se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel en Mali desde el 15 de abril de 2014 hasta el 14 de enero de 2015 será de 5 500 000 EUR. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relativos a la misión EUCAP Sahel en Mali del 15 de enero de 2015 al 14 de enero de 2016 será de 11 400 000 EUR. El importe de referencia financiera para los períodos posteriores será decidido por el Consejo.»
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Proeli:dec:2015:76:oj#art-3