Art. 2
En vigor desde 17 dic 2014
Artículo 2
La suma de 2 818 233 715 EUR se compensará en tres plazos con los márgenes existentes en los techos de pagos para los años siguientes:
a)
2018: 939 411 200 EUR;
b)
2019: 939 411 200 EUR;
c)
2020: 939 411 315 EUR.
Se invita a la Comisión a que presente a su debido tiempo una propuesta sobre el importe pendiente de 350 millones EUR.
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