Art. 1
En vigor desde 26 nov 2014
Artículo 1
En el párrafo primero del artículo 3 de la Decisión 90/179//Euratom/CEE, se suprimen las palabras «a calcular mediante estimaciones aproximadas el impuesto no percibido debido a la bonificación regresiva del impuesto concedida en virtud del apartado 2 del artículo 24 de la Sexta Directiva y».
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