Art. 1

En vigor desde 7 nov 2014
Artículo 1 La posición que se ha de adoptar en nombre de la Unión Europea en el seno del Comité de Administración del Acuerdo revisado de 1958 consistirá en votar a favor del proyecto de nuevo Reglamento de la CEPE sobre disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con su comportamiento en caso de colisión lateral con un poste, tal como figura en el documento ECE TRANS/WP.29/2014/79, así como el proyecto de modificación de dicho Reglamento, tal como figura en el documento ECE TRANS/WP.29/2014/80.
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