Art. 1

En vigor desde 7 nov 2014
Artículo 1 En el artículo 16, apartado 1, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente: «— 32014 R 0282: Reglamento (UE) no 282/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, relativo a la creación de un tercer programa de acción de la Unión en el ámbito de la salud para el período 2014-2020 y por el que se deroga la Decisión no 1350/2007/CE (DO L 86 de 21.3.2014, p. 1). Los costes generados por las actividades cuya ejecución comience después del 1 de enero de 2014, pueden considerarse subvencionables de conformidad con el convenio o la decisión de subvención de que se trate, a condición de que la Decisión del Comité Mixto del EEE no…/2014 de … entre en vigor antes del final de la acción. Liechtenstein estará exento de la participación en este Programa y de la contribución financiera correspondiente.» .
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eli:dec:2014:783:oj#art-1

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