Art. 1
En vigor desde 9 oct 2014
Artículo 1
El Protocolo no 4 del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Antigua República Yugoslava de Macedonia, por otra, relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y métodos de cooperación administrativa, se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2014:734:oj#art-1