Art. 2
En vigor desde 1 oct 2014
Artículo 2
1. El acuerdo entre Ryanair y Flughafen Fráncfort-Hahn GmbH, que entró en vigor el 1 de abril de 1999, no constituye ayuda en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado.
2. El acuerdo entre Ryanair y Flughafen Fráncfort-Hahn GmbH con fecha de 14 de febrero de 2002 no constituye ayuda en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado.
3. El «Acuerdo Ryanair/Flughafen Fráncfort-Hahn GmbH — Entrega de aviones 6 a 18 — año 2005 a año 2012», de 4 de noviembre de 2005, no constituye una ayuda en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado.
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