Art. 1

En vigor desde 23 jul 2014
Artículo 1 El procedimiento establecido en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), iniciado mediante la Decisión C(2004) 772 de la Comisión, de 16 de marzo de 2004, se da por concluido por lo que respecta a las ayudas concedidas a Olympic Airlines mediante una sobrevaloración por importe de 91,5 millones EUR de los activos de Olympic Airways, y mediante la aceptación de pagos con descuento por 39,75 millones EUR por el subarrendamiento de aeronaves.
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