Art. 6
Destinatarios
En vigor desde 2 jul 2014
Artículo 6
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2014:422:oj#art-6