Art. 1
En vigor desde 24 jun 2014
Artículo 1
1. Queda constituido el Consorcio de Infraestructuras de Investigación de Europa Central como Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas (CERIC-ERIC).
2. Se incluyen en el anexo los estatutos de CERIC-ERIC. Esos estatutos deberán mantenerse actualizados y a disposición del público en el sitio web de CERIC-ERIC y en su domicilio social.
3. En los artículos 1, 5, 8, 9, 18, 19, 21, 24, 26 y 27 se establecen los elementos esenciales de los estatutos de CERIC-ERIC, cuya modificación queda supeditada a la aprobación de la Comisión de conformidad con el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (CE) no 723/2009.
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