Art. 4
En vigor desde 23 jun 2014
Artículo 4
El número total de derechos de emisión a escala de la Unión que se asignará gratuitamente a las actividades de aviación complementarias para cada año del período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020 asciende a 41 584.
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