Art. 4
Contribuciones de los Estados participantes
En vigor desde 15 may 2014
Artículo 4
Contribuciones de los Estados participantes
Las contribuciones de los Estados participantes consistirán en lo siguiente:
a)
contribuciones mediante financiación institucional de los INM y los ID que participen en proyectos de EMPIR;
b)
contribuciones financieras a los costes administrativos de EMPIR.
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