Art. 1
En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión (4), el Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Unión Europea y la República Gabonesa (en lo sucesivo, «el Protocolo»).
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