Art. 1
En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea, el Acuerdo Marco Global de Asociación y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Indonesia, por otra (4), con excepción de su artículo 34, apartado 3.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2014:230:oj#art-1