Art. 1

En vigor desde 9 abr 2014
Artículo 1 La financiación de las actividades de promoción, publicidad, asistencia técnica e investigación y desarrollo llevadas a cabo por la organización interprofesional Val'Hor mediante las cotizaciones voluntarias obligatorias durante el período 2005-2014 no constituye ayuda estatal a tenor del artículo 107, apartado 1, del TFUE, sin perjuicio de la cuestión de determinar si las subvenciones del Estado a una organización interprofesional constituyen o no una ayuda al sector en cuestión o si las subvenciones concedidas para tales actividades constituyen ayudas estatales.
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