Art. 2
En vigor desde 1 abr 2014
Artículo 2
El Comandante de la Operación de la UE de EUFOR-RCA queda autorizado con efecto inmediato para empezar la ejecución de la operación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2014:183:oj#art-2