Art. 1
Contribuciones de terceros Estados
En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 1
Contribuciones de terceros Estados
1. Se acepta y se considera significativa la contribución de Georgia a la operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUFOR RCA).
2. Georgia queda exenta de contribución financiera al presupuesto de la EUFOR RCA.
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