Art. 1

Contribuciones de terceros Estados

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 1 Contribuciones de terceros Estados 1.   Se acepta y se considera significativa la contribución de Georgia a la operación militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUFOR RCA). 2.   Georgia queda exenta de contribución financiera al presupuesto de la EUFOR RCA.
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