Art. 1

En vigor desde 18 feb 2014
Artículo 1 El período de validez de la Decisión 2012/96/UE y de las medidas oportunas que en ella se establecen queda prorrogado. La Decisión 2012/96/UE expirará el 1 de noviembre de 2014. La aplicación de las medidas oportunas de la Decisión 2012/96/UE sigue en suspenso. Se mantendrán en continuo examen las medidas oportunas, que se volverán a aplicar si la situación en Zimbabue se deteriora gravemente.
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