Art. 1

En vigor desde 18 dic 2013
Artículo 1 La ayuda de reestructuración concedida a NLB por la República de Eslovenia, consistente en la primera recapitalización de 250 millones EUR, la segunda recapitalización de 382,9 millones EUR, la tercera recapitalización de 1 558 millones EUR y la transferencia de los activos deteriorados a la BAMC, con un elemento de ayuda de 130 millones EUR, constituye una ayuda estatal en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La ayuda a la reestructuración es compatible con el mercado interior, a la luz del plan de reestructuración y de los compromisos que figuran en el anexo.
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