Art. 2
Aprobación del programa modificado para la erradicación de la brucelosis ovina y caprina presentado por Grecia
En vigor desde 13 dic 2013
Artículo 2
Aprobación del programa modificado para la erradicación de la brucelosis ovina y caprina presentado por Grecia
Queda aprobado, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013, el programa modificado para la brucelosis ovina y caprina presentado por Grecia el 29 de julio de 2013.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2013:766:oj#art-2