Art. 1
En vigor desde 2 jul 2013
Artículo 1
En el artículo 5, apartado l, de la Decisión 2011/426/PESC se añade el párrafo siguiente:
"El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 será de 5 285 000 EUR.".
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Proeli:dec:2013:351:oj#art-1