Art. 1

En vigor desde 8 abr 2013
Artículo 1 En el anexo de la presente Decisión se establece la lista de inspectores de la Unión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2013:174:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil