Art. 1
En vigor desde 8 abr 2013
Artículo 1
En el anexo de la presente Decisión se establece la lista de inspectores de la Unión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2013:174:oj#art-1