Art. 17
En vigor desde 22 mar 2013
Artículo 17
La Unión concede ayuda financiera al Laboratorio Central de Sanidad Animal, de Algete (Madrid), España, para el seguimiento de la peste equina.
En el período que va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, dicha ayuda financiera no excederá de 110 000 EUR.
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