Art. 1

En vigor desde 14 dic 2012
Artículo 1 1.   Queda aprobado el programa de trabajo para 2012 presentado el 27 de septiembre de 2011 por RIKILT, Instituto para la Seguridad Alimentaria, dependiente del Centro de Investigación y de la Universidad de Wageningen. 2.   La Unión concede ayuda financiera a RIKILT, Instituto para la Seguridad Alimentaria, dependiente del Centro de Investigación y de la Universidad de Wageningen, para llevar a cabo el análisis de residuos. El Laboratorio desempeñará las funciones y realizará las tareas que se describen en el anexo VII, parte I, punto 12, letra a), del Reglamento (CE) no 882/2004. 3.   La ayuda financiera de la Unión cubrirá durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012 el 100 % de los costes de dicho Instituto, admisibles con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) no 926/2011 y derivados de la ejecución del programa de trabajo, por un máximo de 470 000 EUR, de los cuales se destinará un máximo de 25 000 EUR a la organización de un seminario técnico sobre análisis de residuos.
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