Art. 1

En vigor desde 14 dic 2012
Artículo 1 Sobre la base de la información y los documentos presentados por los Estados miembros y analizados por la Comisión, queda aprobada la concesión de una participación financiera de la Unión correspondiente al año 2012 para cubrir los gastos soportados por Alemania, España, Francia, Italia, Chipre, Países Bajos y Portugal en relación con las medidas necesarias especificadas en el artículo 23, apartado 2, letras a), b) y c), de la Directiva 2000/29/CE adoptadas con el fin de combatir los organismos a los que se refieren los programas de erradicación o contención que figuran en el anexo de la presente Decisión.
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