Art. 4

Aprobación de los programas modificados para la erradicación y la vigilancia de la fiebre catarral ovina presentados por España y Portugal

En vigor desde 13 dic 2012
Artículo 4 Aprobación de los programas modificados para la erradicación y la vigilancia de la fiebre catarral ovina presentados por España y Portugal Queda aprobado, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, el programa modificado para la fiebre catarral ovina presentado por España el 14 de septiembre de 2012. Queda aprobado para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012, el programa modificado para la fiebre catarral ovina presentado por Portugal el 31 de diciembre de 2011.
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