Art. 3
Cuotas para usos de laboratorio y análisis
En vigor desde 11 dic 2012
Artículo 3
Cuotas para usos de laboratorio y análisis
Las cuotas para la importación y producción de sustancias reguladas para usos de laboratorio y análisis en el año 2013 se asignarán a las empresas que figuran en el anexo X.
Las cantidades máximas que podrán producirse o importarse en 2013 para usos de laboratorio y análisis asignadas a dichas empresas figuran en el anexo XI.
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