Art. 1

En vigor desde 14 nov 2012
Artículo 1 La categoría de productos «detergentes para lavavajillas automáticos de uso industrial e institucional» comprenderá los detergentes, líquidos de aclarado y productos de remojo previo para lavavajillas, tanto de un solo componente como de varios componentes, diseñados para su utilización en lavavajillas profesionales. Los siguientes productos quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta categoría de productos: los detergentes para lavavajillas automáticos destinados a los consumidores, los detergentes destinados a utilizarse en lavadoras de productos sanitarios o en máquinas especiales para la limpieza de equipos industriales, incluidas las máquinas especiales para la industria alimentaria. Quedan excluidos también de esta categoría de productos los aerosoles que no se dosifiquen mediante bombas automáticas.
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