Art. 1

En vigor desde 15 oct 2012
Artículo 1 Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Cabo Verde sobre la facilitación de la expedición de visados para estancias de corta duración a los ciudadanos de la República de Cabo Verde y de la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (3).
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