Art. 1
En vigor desde 26 sept 2012
Artículo 1
La Directiva 2004/17/CE no se aplicará a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar la producción y la venta al por mayor de electricidad generada a partir de fuentes convencionales en la macrozona Sur de Italia.
La Directiva 2004/17/CE seguirá aplicándose a los contratos adjudicados por las entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar la producción y la venta al por mayor de electricidad generada a partir de fuentes renovables en la macrozona Sur de Italia.
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