Art. 1
En vigor desde 19 sept 2012
Artículo 1
La ayuda de reestructuración notificada por la República Checa consistente en la concesión de 2 500 millones CZK a České aerolinie, a.s. (Czech Airlines) en forma de una permuta de deuda por capital de un préstamo, constituye ayuda estatal a tenor del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La ejecución de esta ayuda estatal es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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