Art. 1
En vigor desde 24 ago 2012
Artículo 1
El anexo de la Decisión 2007/453/CE queda sustituido por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2012:489:oj#art-1