Art. 2

En vigor desde 24 jul 2012
Artículo 2 Los textos de los Reglamentos (UE) no 1031/2010, (UE) no 550/2011 y (UE) no 1210/2011, de la Directiva 2009/29/CE y de las Decisiones 2010/2/UE, 2010/345/UE, 2010/670/UE, 2011/278/UE, 2011/540/UE y 2011/745/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
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eli:dec:2012:451:oj#art-2

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