Art. 1

En vigor desde 16 jul 2012
Artículo 1 Se prorroga por 12 meses el período de validez de la Decisión 2011/492/UE. A tal efecto, en el artículo 3, párrafo segundo, de dicha Decisión, la fecha de «19 de julio de 2012» se sustituye por la de «19 de julio de 2013».
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eli:dec:2012:387:oj#art-1

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