Art. 1
En vigor desde 10 jul 2012
Artículo 1
La Decisión 2010/330/PESC se modifica de la siguiente manera:
1)
En el artículo 2, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:
«4. Las actividades de formación tendrán lugar en Iraq y en la región, así como en la Unión. EUJUST LEX-IRAQ dispondrá de oficinas en Bruselas y Bagdad, incluido un centro de enlace en Basora, y en Erbil (región de Kurdistán).».
2)
En el artículo 2, se suprime el apartado 5.
3)
En el artículo 6, el apartado 5 se sustituye por el texto siguiente:
«5. Todo el personal llevará a cabo sus funciones y actuará en interés de la Misión. Todo el personal respetará las normas mínimas y principios de seguridad estipulados en la Decisión 2011/292/UE del Consejo, de 31 de marzo de 2011, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (*1).
(*1)
DO L 141 de 27.5.2011, p. 17.»."
4)
El artículo 10 queda modificado como sigue:
a)
el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El Comandante civil de la operación dirigirá las medidas de planeamiento y seguridad y garantizará que sean ejecutadas de forma correcta y eficaz para la EUJUST LEX-IRAQ de conformidad con los artículos 4 y 8.»;
b)
se suprime el apartado 4;
c)
el apartado 8 se sustituye por el texto siguiente:
«8. El personal y los formadores y expertos de EUJUST LEX-IRAQ seguirán una formación obligatoria en materia de seguridad y se someterán, cuando así convenga, a exámenes médicos antes de su despliegue o de su viaje a Iraq.».
5)
En el artículo 11 se inserta el apartado siguiente:
«2 bis. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2013 será de 27 150 000 EUR.».
6)
En el artículo 16, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«Se aplicará a partir del período comprendido entre el 1 de julio de 2010 y el 31 de diciembre de 2013.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2012:372:oj#art-1