Art. 1
En vigor desde 27 jun 2012
Artículo 1
La ayuda de reestructuración notificada por Malta, consistente en la aportación de 130 millones EUR a Air Malta en forma de capital, incluida la permuta por acciones del préstamo de salvamento aprobado de 52 millones EUR, constituye una ayuda estatal, en el sentido del artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Esa ayuda estatal es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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