Art. 1

En vigor desde 4 abr 2012
Artículo 1 Se da por concluido el procedimiento antidumping relativo a las importaciones de ciclamato sódico originario de la República Popular China, en lo que respecta únicamente a dos productores exportadores chinos, Fang Da Food Additive (Shen Zhen) Limited y Fang Da Food Additive (Yang Quan) Limited.
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