Art. 1
En vigor desde 31 ene 2012
Artículo 1
Los valores en euros de los límites aplicables en materia de adjudicación de contratos públicos se establecen de la siguiente manera:
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5 000 000 EUR en el artículo 157, letra b),
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130 000 EUR en el artículo 158, apartado 1, letra a),
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200 000 EUR en el artículo 158, apartado 1, letra b),
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5 000 000 EUR en el artículo 158, apartado 1, letra c).
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