Art. 2

En vigor desde 24 ene 2012
Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión es Hungría.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2012:139(1):oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil