Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 22 dic 2011
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Conforme a lo establecido en el Reglamento (CE) no 65/2004, se asigna al maíz modificado genéticamente (Zea mays L.) MIR604xGA21, según se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único SYN-IR6Ø4-5xMON-ØØØ21-9.
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eli:dec:2011:892:oj#art-1

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