Art. 1

Definiciones

En vigor desde 19 dic 2011
Artículo 1 Definiciones A efectos de la presente Decisión se entenderá por: a)   «Estados miembros participantes»: los Estados miembros de la Unión Europea, a excepción de Dinamarca; b)   «Estados contribuyentes»: los Estados miembros que, con arreglo al artículo 41, apartado 2, del TUE, contribuyen a la financiación de la operación militar de que se trate, y los terceros Estados que contribuyen a la financiación de los costes comunes de la operación en virtud de acuerdos celebrados con la Unión Europea; c)   «operaciones»: las operaciones de la UE que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa; d)   «acciones militares de apoyo»: las operaciones o partes de operaciones de la Unión Europea decididas por el Consejo para apoyar a un tercer Estado u organización, que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa, pero que no están bajo la autoridad del cuartel general de la Unión Europea.
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eli:dec:2011:871:oj#art-1

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