Art. 1
En vigor desde 16 dic 2011
Artículo 1
El anexo II del Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra («el Acuerdo»), se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:863:oj#art-1