Art. 1

En vigor desde 9 dic 2011
Artículo 1 La República de Cabo Verde se beneficiará del régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza contemplado en el Reglamento (CE) no 732/2008 en el período del 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2013 o hasta la fecha que establezca el próximo reglamento, si esta última es anterior.
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