Art. 2
En vigor desde 7 dic 2011
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:832:oj#art-2
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dec:2011:832:oj#art-2