Art. 1
Representante Especial de la Unión Europea
En vigor desde 17 oct 2011
Artículo 1
La Decisión 2011/270/PESC se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Representante Especial de la Unión Europea
Se nombra al Sr. Fernando GENTILINI Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Kosovo desde el 1 de mayo de 2011 al 31 de enero de 2012. El mandato del REUE podrá terminar antes de esa fecha si así lo decidiera el Consejo a propuesta de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR).».
2)
En el artículo 5, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2011 y el 30 de septiembre de 2011 será de 690 000 EUR.
El importe de referencia financiero que se contempla para cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2011 y el 31 de enero de 2012 será de 770 000 EUR.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2011:691:oj#art-1