Art. 1

En vigor desde 12 sept 2011
Artículo 1 La Decisión 2010/565/PESC queda modificada como sigue: 1) En el artículo 5, el apartado 6 se sustituye por el texto siguiente: «6.   Dentro de su ámbito de competencias, el Jefe de Misión colaborará estrechamente con el Jefe de la Delegación de la UE y los Jefes de Misión de los Estados miembros presentes en Kinshasa.». 2) En el artículo 9, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2011 y el 30 de septiembre de 2012 será de 13 600 000 EUR.». 3) En el artículo 12, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4.   Dentro del marco general definido en los documentos de planificación, el Jefe de la Delegación de la UE en Kinshasa facilitará orientaciones políticas locales a la Misión EUSEC RD Congo.». 4) En el artículo 12, se suprime el apartado 7.
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