Art. 1
En vigor desde 16 ago 2011
Artículo 1
La Decisión 2005/382/CE queda modificada como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Se autorizan los siguientes métodos de clasificación de canales de cerdo en Hungría, de acuerdo con el anexo V, sección B.IV, punto 1, del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo (*1):
a)
los aparatos denominados “Fat-O-Meater FOM S70” y “Fat-O-Meater FOM S71” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte I del anexo;
b)
el aparato llamado “Ultra FOM 300” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte II del anexo;
c)
el aparato “OptiScan-TP” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte III del anexo;
d)
el aparato “IM-03” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte IV del anexo;
e)
el aparato “OptiGrade-MCP” y los métodos de estimación correspondientes, descritos en la parte V del anexo.
Con respecto al aparato “Ultra FOM 300”, al que se refiere el párrafo primero, letra b), se establece que al acabar el procedimiento de medición deberá poderse verificar sobre la canal que el aparato ha medido los valores de medida BF y LD en el sitio previsto en el anexo, parte II, punto 3. La marca correspondiente del sitio de medida deberá realizarse al mismo tiempo que el procedimiento de medición.
(*1)
DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.»."
2)
El anexo se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2011:507:oj#art-1