Art. 1
Aprobación del plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres
En vigor desde 5 ago 2011
Artículo 1
Aprobación del plan para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres
Se aprueba el plan presentado por Bulgaria a la Comisión el 4 de abril de 2011 para la erradicación de la fiebre aftosa de los animales silvestres sensibles a dicha enfermedad en las zonas expuestas en el anexo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2011:493:oj#art-1