Art. 1

En vigor desde 4 ago 2011
Artículo 1 Con arreglo al artículo 114, apartado 6, párrafo tercero, del TFUE, el plazo de seis meses mencionado en su párrafo primero para autorizar o rechazar las disposiciones nacionales respecto a los cinco elementos siguientes: plomo, arsénico, mercurio, bario y antimonio, así como respecto a las nitrosaminas y las sustancias nitrosables, notificadas por Alemania el 2 de marzo de 2011, con arreglo al artículo 114, apartado 4, se amplía hasta el 5 de marzo de 2012.
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