Art. 11

Grupo de trabajo relativo a los procedimientos y las medidas aduaneras de seguridad

En vigor desde 11 jul 2011
Artículo 11 Grupo de trabajo relativo a los procedimientos y las medidas aduaneras de seguridad Se instituye un grupo de trabajo encargado de asistir al Comité mixto en el ejercicio de sus funciones en los ámbitos cubiertos por el capítulo II (procedimientos) y el capítulo III (medidas aduaneras de seguridad) del Acuerdo.
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